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CONSULTOR-A CONTADOR-A PÚBLICO |
Registro de aspirantes para
CONSULTOR/A CONTADOR/A PÚBLICO
Cumpliendo funciones en la
Fiscalía General de la Nación
(Montevideo)
Lea con Atención !!
Al Final de la Publicación Está el Acceso al Registro
...Brindamos la Información Como nos Gusta Recibirla...
Inscripciones hasta el 20/05/2025
DETALLES DEL ANUNCIO DE EMPLEO
👀
Objeto de la Contratación:
En el marco del referido convenio se requiere
la contratación de 1 Consultor Contador Público
responsable de la elaboración de los
estados financieros de la Fiscalía General
de la Nación correspondientes a los ejercicios
finalizados al 31 de diciembre de 2022,
31 de diciembre de 2023
y al 31 de diciembre de 2024,
de acuerdo a la normativa contable aplicable,
a efectos de dar cumplimiento a lo
dispuesto por el art. 21 lit F de la
ley 19,483 del 5 de enero de 2017.
Alcance del Trabajo:
Análisis y conciliación de saldos contables.
Realización de los ajustes que
pudieran corresponder.
Elaboración de los estados financieros
de los ejercicios 2022-2023-2024,
a partir de los estados financieros
del ejercicio 2021.
Conciliación entre el resultado patrimonial
y el presupuestal para cada ejercicio.
Principales Actividades y Funciones:
La persona contratada deberá llevar
adelante las actividades que sean
necesarias para la presentación de los
estados financieros correspondientes
a los ejercicios 2022, 2023, 2024,
sin perjuicio de otras que pudiesen surgir
vinculadas al logro del objetivo planteado.
Perfil - Requisitos Excluyentes y Comprobantes:
.Formación excluyente:
Título de Contador Público expedido
por la Universidad de la República
o similar reconocido por el MEC.
.Manejo de office y herramientas informáticas,
presentando la documentación correspondiente.
.Experiencia mínima requerida:
Cinco (5) años de desempeño en posiciones
similares acreditada a través de notas
debidamente firmadas por los organismos
o empresas en donde prestó el servicio.
.Otros requisitos a valorar - Formación:
Diploma, Posgrado o Maestría en temas afines
a la consultoría a realizar.
.Otros requisitos a valorar - Experiencia:
Experiencia en sistemas integrados de gestión.
Experiencia en elaboración de estados financieros
para el sector público.
Competencias Clave:
Orientación a resultados.
Buena comunicación con el equipo de trabajo.
Comportamiento ético con el servicio público.
Trabajo en equipo.
Compromiso, Iniciativa.
Adaptabilidad y flexibilidad.
Tolerancia al trabajo bajo presión.
Planificación y organización.
Liderazgo.
Supervisión y Coordinación
La supervisión estará a cargo de la Dirección
del Departamento Financiero Contable,
quien establecerá las prioridades y productos
a desarrollar.
Previo al inicio de la consultoría se establecerá
el cronograma de ejecución de tarea,
estableciendo 4 entregables.
Derecho de propiedad y Confidencialidad
La información por producir y/o recopilar,
de carácter confidencial, es propiedad de la FGN,
por lo que queda prohibida su divulgación por
cualquier medio escrito, visual, virtual o verbal.
Asimismo, los instrumentos de recopilación
de información son propiedad de la FGN,
por lo que no podrán ser utilizados por
el profesional contratado más allá de los
objetivos de esta consultoría.
El profesional contratado que ofrece los
servicios se compromete de esta forma
a no revelar, utilizar, emplear, copiar,
reproducir o explotar de forma alguna, los
resultados de esta consultoría
por cualquier medio.
Toda la información generada será para
uso exclusivo de la FGN.
Plazo de Contratación:
El plazo será de 7 meses a partir
de la firma del contrato.
Régimen:
La contratación se realizará a través
de un contrato de consultoría.
Las reuniones de trabajo serán en la sede central
de la FGN, Paysandú 1283, Montevideo,
a las cuales el consultor deberá concurrir,
cada vez que se lo cite.
Monto total de la Consultoría:
El monto total a pagar por la presente
consultoría asciende a $ 505.000
(pesos uruguayos quinientos cinco mil)
más IVA por todo concepto.
Requisitos y Forma de Pago:
Los pagos se efectuarán de acuerdo al
siguiente detalle, en los plazos establecidos
en el cronograma que se acuerde:
Entregable 1 - 10%
Entregable 2 - 30%
Entregable 3 - 30%
Entregable 4 - 30%
Contra entrega de la siguiente documentación:
Factura al día (contado, o a crédito adjuntando
el recibo de la misma), previa exhibición,
de los Certificados Únicos de BPS, DGI y BSE
(si corresponde); y estar al día en el
pago de tributos que estas instituciones
administran y que fueren aplicables.
Certificado de la CJPPU y Fondo de Solidaridad
que acredite estar al día con estos
organismos (si corresponde).
Se retendrá el 60% del impuesto al valor
agregado (IVA) y pagará el 40% restante
al consultor. Se entregará certificado por
el monto retenido en formato electrónico.
Se retendrá el 7% por concepto de IRPF cuando
el monto facturado supere las UI 10.000.
Los pagos a la persona contratada se realizarán
mediante la Corporación Nacional para
el Desarrollo (CND), ente que gestiona
los fondos del Proyecto, quién actúa como
agente de retención en caso de corresponder.
El pago se realizará mediante transferencia
bancaria a nombre de la persona seleccionada.
INSCRIPCIONES
Postulaciones:
Las postulaciones se deberán remitir en
formato electrónico hasta el 20 de mayo de 2025
a las 17:00 horas de Montevideo
a la siguiente dirección:
desarrollo.humano@fiscalia.gub.uy
Con el asunto:
Ref: Llamado consultor Contador Público
Currículum Vitae.
Documentación que acredite formación
y experiencia laboral.
Copia de documento de identificación.
Procedimiento de Selección y Calificación
Se conformará una Comisión de Calificación,
la que tendrá las siguientes tareas:
Evaluar a los postulantes, una vez recibidas
las postulaciones, la Comisión procederá
a calificar a las mismas..
La Comisión de Calificación elaborará
el Informe correspondiente, con los resultados
finales de evaluación de los postulantes
y conformará la lista de prelación que tendrá
una validez de 12 meses.
Incompatibilidades
El consultor al momento de su contratación deberá
de cumplir con los siguientes requisitos
y normativa vigente:
La persona contratada no podrá ser funcionario
del Estado, Gobiernos Departamentales,
Entes y Servicios Descentralizados,
cualquiera sea la naturaleza del vínculo
(remunerado o no), o contratado bajo cualquier
modalidad por dichas personas públicas
estatales, a excepción de docente en la
enseñanza pública.
Art. 9 Ley Nº 17.556: "El Estado no podrá
celebrar o financiar contratos de cualquier
naturaleza que impliquen de alguna forma
la prestación de un servicio de carácter
personal con quienes, habiendo revestido
el carácter de funcionarios públicos,
se hubieren acogido como tales al
beneficio jubilatorio. Exceptúense
de esta prohibición aquellas contrataciones
que tengan por objeto la prestación de
servicios de docencia directa en
organismos de enseñanza pública".
Art. 9 Ley Nº 17.678: "Declárase con carácter
interpretativo que las contrataciones
o modificaciones de contratos celebradas
o financiadas por el Estado con personas
que, habiendo revestido el carácter
de funcionarios públicos, se hubieran
acogido como tales al beneficio jubilatorio,
no se encuentran comprendidas en la
prohibición dispuesta por el artículo 9º de
la Ley No. 17.556, de 18 de setiembre de 2002,
en tanto el vínculo contractual
original sea anterior a la vigencia
de la citada norma legal.
Exceptúese de la prohibición establecida
en el artículo 9º de la Ley No. 17.556,
de 18 de setiembre de 2002, las contrataciones
o modificaciones de contratos celebradas
o financiadas por el Estado con personas
que habiendo revestido el carácter de
funcionarios públicos se hubieran acogido
como tales al beneficio jubilatorio siempre
que se suspenda la percepción del referido
beneficio por el plazo que dure
la relación contractual".
Art. 4 Ley Nº 18.172 en la redacción dada
por la Ley Nº 19.149: "Las personas que
hayan sido destituidas como consecuencia
de la comisión de falta administrativa
grave mediante decisión firme,
o incumplimiento de sus obligaciones,
sea en condición de funcionario público,
o bajo cualquier otra modalidad de vinculación,
previo sumario administrativo cuando
correspondiere, o que hayan sido
inhabilitadas como consecuencia de
sentencia penal ejecutoriada, no podrán
ser objeto de una nueva designación
o contratación pública.
Se excepciona del inciso anterior a aquellas
personas que hayan sido destituidas por
razones políticas, sindicales o mera
arbitrariedad en el período comprendido
entre el 27 de junio de 1973
y el 28 de febrero de 1985.".
Art. 10 Ley Nº 18.834: "(...) La persona
seleccionada deberá cumplir con los
siguientes requisitos:
* No ser funcionario público,
excepto los docentes y el personal
médico quienes podrán ser contratados
siempre que no superen en conjunto
las sesenta horas semanales, ni haya
superposición en los horarios.
* En ningún caso la persona seleccionada
podrá poseer vínculos familiares con
cualquier persona que tenga un contrato
vigente con FGN con una función superior
o subordinada en la vía jerárquica
a la del contrato a suscribir.
Se entiende por tal, ser cónyuge,
concubino o concubina o tener un vínculo
de parentesco hasta el segundo grado
de consanguinidad.
Una vez seleccionado al consultor
se le solicitara:
Certificado Único de DGI
Certificado Único de BPS y CJPPU
si corresponde
Certificado de estar al día con
"Fondo de Solidaridad", si corresponde.
Constancia CJPPU si corresponde.
Tener en cuenta que los afiliados a la CJPPU
también deben estar inscriptos en el BPS.
"Según lo dispuesto por la Ley Nº 18.731
del 7 de enero de 2011 y su Decreto
Reglamentario Nº 221/011 del 27 de
junio de 2011, los titulares de servicios
personales fuera de la relación de
dependencia residentes se agregaron
a partir del 1º de julio de 2011,
a los trabajadores dependientes en su
obligación de aportar al Fondo
Nacional de Salud (FONASA).
Dichos contribuyentes, como cualquier otro
contribuyente, pueden solicitar a BPS el
certificado que indica que se encuentra al día
en sus aportes y demás obligaciones ante BPS."
Fotocopia de inscripción ante el BPS
o constancia Web (con usuario BPS), formulario
"Situación de Contribuyentes y Empresas".
Fotocopia de inscripción ante DGI o constancia Web,
(con usuario DGI), formularios Nro. 6951 y 6906.
Constancias de Voto (Generales y Departamentales,
cuando corresponda).
CONSULTAS:
Podrán consultar en:
concursos@fiscalia.gub.uy
O llamando al teléfono 1985 interno 1602 y 1606,
en el horario de 11:00 a 17:00 hs.
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